DECLARACIÓN DE GLUTEN EN PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
DECLARACIÓN DEL CONTENIDO DE GLUTEN EN PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
(ISP. Res. Ex. N° 3422 del 25.08.2020) Descarga la Resolución desde sitio ISP Chile.
La Resolución 3422, publicada en Diario Oficial el 30 de septiembre del 2020, indica que los medicamentos deberán declarar el origen del almidón utilizado como excipiente. Las empresas farmacéuticas tienen plazo de 1 año desde la fecha de publicación para implementar la Resolución.
Gracias a la nueva resolución los celíacos podrán acceder a medicamentos sin gluten seguros, pues hasta la fecha son muy pocas las empresas que declaran el contenido de gluten de sus productos. Esto significa que muchos medicamentos de consumo frecuente, como los anticonceptivos, hipotensores, antiepilépticos, etc., que al no declarar si el almidón utilizado como excipiente proviene del arroz, del maíz o del trigo, genera incertidumbre al celiaco que lo consume. El problema cobra mayor relevancia cuando el medicamento debe tomarse a diario, de manera crónica.
Este logro forma parte del trabajo en equipo de la Mesa Técnica del Gluten que inició actividades en 2018. El equipo está conformado por representantes del Subdepartamento de Farmacovigilancia y Subdepartamento de Alimentos y Nutrición del Instituto de Salud Pública de Chile; Depto. Nutrición y Alimentos, y Depto. Ciclo Vital del Ministerio de Salud; Depto. Alimentación Escolar y Depto. Alimentación BAES de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, Laboratorio de Gastroenterología del Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos de la U. de Chile y la Corporación de Apoyo al Celíaco (Coacel).
En el Simposio realizado por la Corporación de Apoyo al Celíaco el 18 de octubre de 2019, se presentaron resultados de lo avanzado por la Mesa Técnica del Gluten:
1. Programa de Fiscalización de alimentos sin gluten.
2. Actualización Guía Clínica de la Enfermedad Celíaca.
3. Revisión y modificación del Reglamento Sanitario de los Alimentos referente a alimentos sin gluten.
4. Seguimiento a Programas de alimentación sin gluten vigentes: PAE Y BAES, de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas.
5. Declaración del contenido de gluten en los medicamentos.
¿QUE DICE LA RESOLUCION?
Punto seis Resolución Exenta N° 3422, ISP Chile: SEXTO: Que asimismo, se ha evidenciado la necesidad de otorgar a los pacientes celíacos la información necesaria para promover el uso seguro de medicamentos, dada su condición, en relación a la presencia o ausencia de gluten en las formulaciones de los productos farmacéuticos de uso humano.
La mesa técnica fue suspendida el año 2020 y retoma su trabajo este 2021, prontamente estaremos comunicando los avances de este equipo de trabajo. Estamos orgullosos y felices con la noticia, es así como trabajando todos juntos se mejora el manejo de la enfermedad celíaca en nuestro país.